CPC Sergio Luna Montero
Innovarum SAC
Esta semana he pasado un mal momento con el Ing. Salazar Murillo, fue ofuscado a la oficina, para decirme que SUNAT le había embargado una suma importante de dinero, de su cuenta de pago de haberes. Esta es su historia:
– El 2019 y 2020, no presento a tiempo su renta anual de capital de trabajo, tuvo que pagar una multa.
– Tampoco ha pagado la deuda de esos años.
– El año 2021, tenía un importe por pagar de S/. 2 500.00 por sus impuestos.
Al llegar a la oficina (apareció con el ceño fruncido), me pedía explicaciones por lo que le había pasado. Me enseño, el documento de embargo de SUNAT. Fui muy claro, le dije que su empresa no tenía deuda alguna con SUNAT (de eso estaba seguro), vi el papel y me di cuenta que le habían embargado el sueldo de la empresa en la que trabaja.
Durante el año 2023, el mes de marzo le embargaron S/. 2 000.00 y ahora en diciembre S/. 1 600.00. Tiene por pagar S/. 1 500.00, he fraccionado su deuda en 4 cuotas y las pagara partir de enero del próximo año.
Estas son algunas de las cosas que me dijo:
– ¿Cómo es posible esto?.
– Yo te pago, para no tener problemas con SUNAT.
– Todos los años, le tengo que pagar al fisco.
Le explique, lo que había pasado: Ing. Salazar Murillo, Ud. no ha cumplido con pagar sus impuestos de los años 2019, 2020 y 2021 a la SUNAT. Él me dijo que, si lo había hecho, fui muy claro y le dije que no lo hizo, por la sencilla razón que yo genero la NPS y nunca le había generado ninguna durante este año (se quedó callado y no dijo nada).
Este mal momento, me hizo reflexionar esto:
– Todos los años, se tiene que presentar en la fecha debida los impuestos a SUNAT.
– Si hay importe a pagar, se fracciona y se paga.
– Tarde o temprano la SUNAT le cobrara su deuda al fisco.
¿Por qué el contribuyente peruano no quiere pagar impuestos por las actividades económicas que realiza?.