La definición del SIRE ¿Esta clara o no?

CPC Dionicio Canahua

A lo largo de diferentes eventos y conversaciones con colegas sobre el tan “famoso SIRE”, hemos recalcado la necesidad de entender el Sistema para poder aplicarlo de forma eficiente y eficaz. Ello implica partir de la normatividad legal emitida por SUNAT – a través de Resoluciones de Superintendencia – para llegar a una definición.

El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) es una herramienta informática creada por la SUNAT para facilitar la generación del Registro de Compras Electrónico (RCE) y el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) a partir de la información de los comprobantes de pago electrónico.

El texto anterior lo obtuvimos de la pagina web https://cpe.sunat.gob.pe/node/170  ,es importante precisar que como Contadores estamos prácticamente obligados a revisar dicho portal de información elaborado por SUNAT.

Del texto glosado quiero rescatar algunos puntos importantes. El SIRE es una herramienta informática que cuenta con tres formas de acceso ( Internet, Aplicativo de Escritorio y API SUNAT) , de allí que uno de los puntos a considerar sobre su uso para por la elección de la opción de las tres indicadas, esto será motivo de otro post.

También podemos identificar la finalidad del SIRE, que busca facilitar la generación de los Registros Electrónicos (RVIE y RCE), pero debemos precisar que solamente se puede realizar esta tarea ingresando al portal SUNAT en internet utilizando nuestra clave SOL; en el caso del Aplicativo de Escritorio y API SUNAT de manera forzada debemos de culminar el proceso en dicho portal.

Un aspecto a considerar , es afirmar que la generación de los Registros Electrónicos , se realiza a partir de los comprobantes de pago electrónicos (CPE), esto genera dos situaciones bien marcadas:

En el caso de las Ventas nuestra empresa es encargada de alimentar la información de la Propuesta de Ventas, por lo que un error no pasa por modificar un registro de dicha propuesta sino mas bien verlo desde la perspectiva del sistema de emisión electrónica (SEE) que utilicemos. Si usted emite en el Sistema Portal no debería haber mayor problema, pero si utiliza un SEE basado en sistemas del contribuyente o el SFS Facturador SUNAT, se debe de estar monitoreando el envió de los comprobantes para evitar sorpresas el momento de comparar el SIRE con nuestra Contabilidad.

En el caso de las Compras el proveedor de bienes y servicios es el encargado de alimentar la data de la propuesta de compras que nos envía SUNAT, aquí ya la situación esta fuera de control del generador, por ello cuando revisamos la propuesta se nos permite editarla. Sin embargo ya es común encontrarnos con comprobantes que figuran en el SIRE pero que nosotros no los tenemos en nuestra Contabilidad, y no me refiero a la representación impresa sino al XML. Hoy en día muchas empresas tiene que ir validando diariamente la propuesta para ir buscando la solución a tales diferencias con relación a la Contabilidad.

En definitiva se van a producir algunos cambios en nuestro actual del día a día como contadores. ¿Usted ya implemento algunos cambios? Recuerde que SUNAT ha optado por una posición mas activa a partir del SIRE y nosotros tenemos que estar al tanto de ello, para poder enfrentar estos nuevo retos.


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